La celebración se trasladará del sábado 26 al lunes 28 de septiembre
Día del Empleado de Comercio 2026: cuándo será y cuánto cobrarán quienes trabajen
La medida fue consensuada por FAECyS, la Cámara Argentina de Comercio (CAC), CAME y UDECA, en el marco de su autonomía colectiva y de acuerdo con las disposiciones establecidas por la Ley 26.541.
Desde el Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia (CCISC) informaron que el traslado de la celebración fue acordado por las partes firmantes del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.
¿Los comercios estarán obligados a cerrar?
Una de las principales dudas que genera la fecha es si los comercios deberán permanecer cerrados.
La celebración del Día del Empleado de Comercio no implica la obligación de cerrar los establecimientos. Los locales podrán funcionar siempre que sean atendidos por sus propietarios o por trabajadores que acepten voluntariamente prestar servicios durante esa jornada.
En caso de que exista personal empleado, deberá acordarse la modalidad de trabajo correspondiente para el lunes 28 de septiembre.
Cuánto cobrarán los empleados que trabajen el lunes 28
El Día del Empleado de Comercio se encuentra equiparado a un feriado nacional, de acuerdo con lo establecido por la Ley 26.541.
Por ese motivo, los trabajadores que presten servicios durante esa jornada deberán percibir un recargo del 100%, conforme a las normas laborales vigentes.
Además, el lunes 28 no podrá otorgarse un franco compensatorio en reemplazo de la remuneración correspondiente por el feriado.
¿Qué pasa si el empleado decide no trabajar?
Los trabajadores que opten por no prestar servicios durante el Día del Empleado de Comercio no sufrirán una reducción de su salario habitual.
La normativa establece que la celebración debe respetar los derechos laborales previstos para esta jornada, por lo que el empleado que decida no trabajar mantendrá su remuneración correspondiente.
De esta manera, el lunes 28 de septiembre los comercios podrán permanecer abiertos, pero la prestación laboral durante esa jornada tendrá el tratamiento y la remuneración correspondiente a un feriado, con un recargo del 100% para quienes trabajen.