Medida dispuesta por un Juzgado de Familia de Paraná
Un DJ no pudo tocar en un bar por incumplir con la cuota alimentaria
Un reconocido discjockey de Paraná no pudo desarrollar su actividad este jueves en un bar de la ciudad debido a una medida judicial vinculada al incumplimiento reiterado de la cuota alimentaria destinada a sus tres hijos menores, de 12, 6 y 5 años.
La medida fue dispuesta por uno de los Juzgados de Familia de Paraná, que previamente había intimado al hombre a cancelar la deuda alimentaria en un plazo de 24 horas.
Luego de reiteradas intimaciones y ante la continuidad del incumplimiento, la magistrada estableció una serie de medidas para garantizar el pago de los alimentos adeudados.
Le prohibieron ingresar al local donde debía presentarse
En la resolución, la jueza dispuso que, en caso de persistir el incumplimiento, el DJ tenía prohibido ingresar a un local ubicado en la zona del balneario Thompson de Paraná, donde se encontraba anunciada su presentación.
La existencia del espectáculo había sido advertida de oficio por el propio Juzgado a partir de la difusión pública del evento.
La magistrada también hizo saber que el titular u organizador del espectáculo podía resultar “solidariamente responsable por los alimentos adeudados”, equiparando ese vínculo al contemplado por el artículo 551 del Código Civil y Comercial.
La normativa establece la responsabilidad solidaria de quien incumple una orden judicial vinculada al depósito de sumas que debían ser descontadas a un dependiente o a otro acreedor.
La advertencia sobre la intervención policial
La resolución judicial fue más allá de la prohibición de ingreso. La jueza estableció que, si el DJ no cancelaba los alimentos adeudados antes del evento y se presentaba igualmente para trabajar, se dispondría su retiro del lugar con auxilio de la fuerza pública.
Para ello, se autorizó el allanamiento y el uso de la fuerza pública, bajo criterios de debida moderación, y se requirió la presencia de personal policial correspondiente a través de la Oficina de Violencia de Género de la Policía de Entre Ríos.
El objetivo de la medida era garantizar que el discjockey, identificado en la resolución judicial como “P”, no ingresara ni reingresara al establecimiento donde estaba prevista su presentación.
De esta manera, la Justicia utilizó una medida de restricción vinculada a la actividad laboral y pública del hombre frente al incumplimiento reiterado de sus obligaciones alimentarias, en el marco de las actuaciones iniciadas para garantizar los derechos de sus hijos menores.