lunes 23 de junio de 2025

Justicia y empleo público

Rechazan amparo de exempleada de OSER tras denunciar despido, violencia y descuentos millonarios

La mujer trabajó casi una década con contratos precarios en la obra social provincial. Reclamó su reincorporación y sueldos retenidos, pero la Justicia consideró que su presentación fue débil y que existen otras vías legales para resolver el conflicto.
22/06/2025

El reclamo judicial de una exempleada de la Obra Social de Entre Ríos (OSER) —antes Iosper— fue rechazado por la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Paraná. La mujer, identificada como MVM, denunció haber sido desvinculada sin notificación formal, que se le retuvieron salarios por más de $2.400.000 en marzo de este año y que fue víctima de violencia institucional y de género. Sin embargo, el juez Hugo González Elías declaró inadmisible el amparo y cuestionó tanto la fundamentación de la demanda como el accionar del organismo.

MVM había trabajado desde 2015 bajo contratos precarios. En 2023 pasó a un contrato de servicios y fue asignada a la Presidencia del directorio, presuntamente sin obligación de registrar horario. Con la intervención del Poder Ejecutivo en diciembre de 2024 y la salida del directorio, su situación cambió. En marzo de 2025, al no registrar asistencia, se le descontó casi la totalidad del salario, cobró $188 y acudió a la Justicia.

El juez observó múltiples inconsistencias en la presentación: no aportó pruebas sobre su supuesta exención de registrar asistencia, ni sobre las tareas que realizaba, ni sobre la denuncia por violencia de género. Además, remarcó que no agotó las instancias administrativas previas, lo que vuelve improcedente el uso del amparo, reservado para casos de urgencia extrema.

Del lado de OSER, también hubo críticas. El magistrado reprochó a la obra social su conducta “autocontradictoria” al negar vínculos laborales en 2025, mientras a la vez aportaba informes donde constaba que la relación cesó en marzo. También cuestionó la prolongada precariedad laboral de MVM, sostenida durante diez años sin concurso ni estabilidad, un “proceder común y antiguo” en la administración pública, según definió.

En su resolución, el juez lamentó el “medio ambiente enrarecido” del caso, advirtió sobre la informalidad con la que se manejan organismos públicos y concluyó que no se acreditó ni el daño extremo ni la urgencia que justifique un recurso de amparo.

Fuente: Entre Ríos Ahora.