martes 20 de enero de 2026
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Cambios en el régimen fiscal

Impuesto a las Ganancias: ARCA actualizó las escalas 2026 y habrá devoluciones retroactivas

ARCA actualizó las deducciones y escalas del Impuesto a las Ganancias para el primer semestre de 2026. La medida es retroactiva y obliga a recalcular retenciones ya aplicadas, con posibles devoluciones para trabajadores.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó las nuevas deducciones personales y escalas del Impuesto a las Ganancias aplicables a trabajadores en relación de dependencia durante el primer semestre de 2026. La actualización, publicada en el sitio del organismo, tiene efecto retroactivo al 1° de enero y ya está vigente para las liquidaciones salariales.

La medida implica cambios inmediatos tanto para trabajadores alcanzados por el tributo como para empleadores, que deberán recalcular las retenciones aplicadas en enero en caso de haber utilizado las tablas del período anterior. El esquema establece nuevos mínimos no imponibles, deducciones por cargas de familia y una escala progresiva con alícuotas que van del 5% al 35%, según el nivel de ganancia neta imponible acumulada.

Nuevos montos deducibles

Las deducciones anuales para la cuarta categoría quedan establecidas en:

  • Ganancia no imponible: $5.151.802,50

  • Cargas de familia:
    • Cónyuge: $4.851.964,66
    • Hijo: $2.446.863,48
    • Hijo con discapacidad: $4.893.726,96
    • Deducción especial:
      • Apartado 1: $18.031.308,76
      • Apartado 1 — “nuevos profesionales/emprendedores”: $20.607.210,01
      • Apartado 2: $24.728.652,02

      También se mantiene la deducción especial equivalente a la doceava parte del total de estos conceptos, que se computa de acuerdo con la situación del contribuyente.

      Estos valores definen el piso desde el cual los ingresos quedan alcanzados por el tributo y reducen la base imponible mensual de los trabajadores.

      Escala de alícuotas

      La tabla de ARCA establece tramos progresivos de ganancias netas imponibles acumuladas:

      • Hasta $2.000.030,09: 0%
      • Más de $2.000.030,09 y hasta $4.000.060,17: 5%
      • Más de $4.000.060,17 y hasta $6.000.090,26: 9%
      • Más de $6.000.090,26 y hasta $9.000.135,40: 12%
      • Más de $9.000.135,40 y hasta $18.000.270,80: 15%
      • Más de $18.000.270,80 y hasta $27.000.406,20: 19%
      • Más de $27.000.406,20 y hasta $40.500.609,30: 23%
      • Más de $40.500.609,30 y hasta $60.750.913,96: 27%
      • Más de $60.750.913,96: 35%

      El esquema mejora la progresividad y permite estimar con mayor precisión el impacto del tributo en el ingreso disponible.

      Devoluciones retroactivas para trabajadores

      El tributarista Sebastián Domínguez explicó que los empleadores “ya pueden actualizar sus sistemas y empezar a aplicar las retenciones considerando las tablas del primer semestre 2026”.

      Al tener efecto retroactivo al 1° de enero, deberá recalcularse lo retenido sobre las liquidaciones ya abonadas:

      “Si los empleadores ya pagaron remuneraciones aplicando la tabla del año pasado, tienen que hacer el recálculo en el próximo pago de sueldos y devolver lo retenido de más”, señaló.

      El especialista advirtió que algunas empresas podrían demorar la actualización, resolviendo la devolución en pagos posteriores, mientras que otras optan por recalcular de inmediato.

      Impacto para asalariados y empleadores

      La actualización produce un doble efecto:

      • Alivio tributario para trabajadores, que pueden recibir devoluciones retroactivas y mejoras en el ingreso de bolsillo.
      • Carga administrativa adicional para empleadores, que deben revisar retenciones, ajustar sistemas de liquidación y devolver importes retenidos en exceso.

      Desde el punto de vista fiscal, la medida ordena el esquema de retenciones del primer semestre de 2026 y reduce el riesgo de ajustes futuros por errores en cálculos previos.