sábado 25 de octubre de 2025
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El fallo del Juzgado Federal N° 2 de Mendoza tiene alcance nacional

La Justicia ordenó restituir la cobertura total de medicamentos del PAMI en todo el país

El juez Pablo Oscar Quirós amplió a todo el territorio argentino una medida cautelar que suspende las resoluciones del PAMI que habían limitado la gratuidad de medicamentos. El organismo deberá garantizar nuevamente el 100% de cobertura a jubilados y pensionados.
25/10/2025

El Juzgado Federal N° 2 de Mendoza, a cargo del juez Pablo Oscar Quirós, resolvió extender a nivel nacional la medida cautelar que frena las resoluciones del PAMI (Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados) N° 2431/2024 y 2537/2024, que habían modificado el régimen de cobertura gratuita de medicamentos.

Con esta decisión, el magistrado ordenó al organismo “garantizar nuevamente la provisión del 100% de los medicamentos esenciales” a todos los jubilados y pensionados del país.
La resolución fue dictada el 22 de octubre y notificada el día siguiente, en respuesta al pedido de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), que había solicitado extender la medida previamente concedida en Córdoba y Salta.

El tribunal reconoció la legitimación activa de la APDH por su alcance nacional y trayectoria en la defensa de los derechos fundamentales. Los presidentes de la entidad, Eduardo Tavani, Paula Topasso y Mariela Pérez Cisneros, ratificaron lo actuado por los abogados Mabel Sessa y Carlos Vicente, quienes promovieron la acción colectiva en favor de todos los beneficiarios del país.

El juez Quirós fundamentó su fallo en el precedente “Halabi” (Fallos: 332:111) de la Corte Suprema de Justicia, al considerar que la APDH cumple con los estándares de “representación adecuada” y una estructura federal con más de 30 regionales activas en el territorio nacional.

Asimismo, sostuvo que se verificaron los tres requisitos exigidos por la Corte para admitir acciones colectivas:

  1. Una conducta institucional uniforme que afecta a todos los afiliados del PAMI.
  2. Una pretensión común de cesar el daño mediante la restitución del programa “Vivir Mejor” y el régimen previo de cobertura.
  3. La imposibilidad de canalizar reclamos individuales de manera efectiva por la dispersión judicial y la vulnerabilidad económica del grupo afectado.

Con este fallo, el juez dispuso que el PAMI deberá restituir de inmediato el esquema de cobertura total de medicamentos esenciales, garantizando su acceso gratuito en todo el país, hasta tanto se dicte una sentencia definitiva.