jueves 5 de noviembre de 2026
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Los hechos ocurrieron en el año 2023

Abuso sexual en el Regimiento de Concordia: condenaron a un exoficial a tres años de prisión condicional

El exoficial recibió tres años de prisión condicional por hechos ocurridos en 2023 en el Regimiento de Caballería de Tanques 6 “Blandengues”. También deberá pagar una reparación económica de 10 millones de pesos a la víctima y cumplir restricciones de acercamiento, entre otras medidas.

El Tribunal Oral Federal de Paraná condenó a un exteniente primero del Ejército Argentino por abuso sexual simple, cometido mediante el aprovechamiento de una relación de autoridad y poder, y por maltrato a una subordinada militar. Los hechos ocurrieron durante 2023 en el Regimiento de Caballería de Tanques 6 “Blandengues” de Concordia.

La sentencia estableció una pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional para J.C.A., quien reconoció los hechos y su responsabilidad penal en el marco de un acuerdo de juicio abreviado homologado por la Justicia Federal.

Además de la condena, el exoficial deberá abonar una reparación económica de 10 millones de pesos a la víctima, en diez cuotas mensuales de un millón de pesos, y cumplir distintas reglas de conducta durante tres años.

El fallo fue dictado por la jueza Noemí Marta Berros, integrante unipersonal del Tribunal Oral Federal de Paraná.

Los hechos ocurrieron en el Regimiento de Concordia

De acuerdo con la reconstrucción incorporada a la sentencia, los episodios comenzaron en agosto de 2023 y se extendieron hasta el 23 de septiembre de ese año.

Durante ese período, el entonces director de la Banda Militar habría aprovechado su posición jerárquica para ejercer conductas persistentes de acoso hacia una joven soldado voluntaria que se encontraba bajo sus órdenes.

La acusación describió acercamientos físicos no consentidos, comentarios sobre el aspecto de la mujer, propuestas para salir y viajar juntos, además de distintas situaciones en las que el oficial buscaba quedarse a solas con ella.

El episodio de mayor gravedad ocurrió el 23 de septiembre de 2023. Según los hechos acreditados en la causa, el entonces teniente abrazó y besó a la soldado en el cuello contra su voluntad. Posteriormente, volvió a abordarla mientras preparaba mate por una orden suya, intentó besarla en reiteradas oportunidades y finalmente la tomó por la fuerza, la subió sobre una mesa y realizó tocamientos por encima de la ropa.

La víctima se resistió y logró escapar. Tres días después, radicó la denuncia ante la Policía Federal Argentina.

El acuerdo de juicio abreviado y la reparación económica

El procedimiento fue acordado entre el Ministerio Público Fiscal, la defensa del imputado y la representación de la víctima.

En ese marco, J.C.A. reconoció los hechos atribuidos, aceptó su responsabilidad penal y prestó conformidad con la pena propuesta. También asumió el compromiso de pagar una reparación económica de 10 millones de pesos, distribuida en diez cuotas mensuales.

La víctima manifestó expresamente su conformidad con la resolución consensuada y fue quien impulsó la aplicación del mecanismo de juicio abreviado, con el objetivo de evitar atravesar un juicio oral y público.

En este proceso también se produjo la primera intervención del nuevo Defensor Público de Víctimas de la jurisdicción, Juan Ignacio Lazzaneo, quien representó a la damnificada y acompañó las negociaciones del acuerdo.

Durante la audiencia, Lazzaneo informó que la mujer había solicitado no comparecer debido al malestar que le generaba encontrarse con el acusado. Asimismo, transmitió sus pedidos de protección, entre ellos la prohibición de acercamiento y de realizar actos hostiles contra ella o su familia.

Qué tuvo en cuenta la Justicia para dictar la condena

Al homologar el acuerdo, la jueza Noemí Marta Berros consideró que las pruebas reunidas durante la investigación permitían acreditar tanto los hechos como la responsabilidad del exoficial.

Entre los elementos valorados se encontraban la denuncia de la víctima, testimonios de integrantes del Ejército, documentación incorporada a la causa y el reconocimiento de responsabilidad efectuado por el propio imputado.

La sentencia entendió que los hechos configuraron abuso sexual simple, debido a que los acercamientos, besos y tocamientos se produjeron sin consentimiento y mediante el aprovechamiento de la relación de autoridad existente dentro de la estructura militar.

También consideró acreditado el delito de maltrato a una subordinada militar, a partir de las conductas de acoso sexual sostenidas durante casi dos meses.

El fallo encuadró los episodios como situaciones de violencia sexual y de género, y destacó la relación asimétrica de poder entre el acusado y la víctima, quien se encontraba en una posición de vulnerabilidad frente a un superior jerárquico dentro de una institución caracterizada por su estructura vertical.

Al determinar la pena, la magistrada tuvo en cuenta como agravantes la gravedad del abuso, el daño psicológico y moral ocasionado, la diferencia jerárquica entre ambos y el contexto institucional en el que sucedieron los hechos. Como atenuante, consideró que el condenado no registraba antecedentes penales.

Las restricciones que deberá cumplir el exoficial

Además de los tres años de prisión condicional y la reparación económica, la sentencia impuso al condenado una serie de obligaciones durante el período establecido.

Entre ellas deberá:

  • Fijar un domicilio y mantenerlo actualizado.
  • Someterse al control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal.
  • Abstenerse de mantener cualquier tipo de contacto con la víctima.
  • No acercarse a menos de 500 metros del domicilio de la mujer.
  • Realizar un curso presencial de capacitación en violencia de género.

El incumplimiento de estas condiciones podría provocar la revocación de la condena condicional y derivar en el cumplimiento efectivo de la pena de prisión.

Fuente: ANÁLISIS