viernes 25 de julio de 2025
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Régimen de salud provincial

El Gobierno suspendió por 180 días la afiliación obligatoria a la OSER

A través del decreto Nº 1.402, publicado este miércoles 23 de julio en el Boletín Oficial, el Ejecutivo dispuso frenar de manera transitoria la incorporación obligatoria de afiliados que ya cuentan con cobertura en mutuales u obras sociales municipales.

El Poder Ejecutivo provincial emitió el decreto Nº 1.402, fechado el 24 de junio y publicado este miércoles 23 de julio en el Boletín Oficial, mediante el cual resolvió suspender por 180 días la aplicación del artículo 19º de la Ley Nº 11.202, que establece la creación de la Obra Social de Entre Ríos (OSER).

La medida implica que, durante ese plazo, no se aplicará el régimen de afiliación obligatoria para funcionarios, agentes públicos y jubilados que, a la fecha de entrada en vigencia de la ley, ya sean afiliados obligatorios o irrenunciables de mutuales, otras obras sociales o direcciones de servicios sociales municipales o comunales.

Según el texto oficial, el objetivo es preservar la continuidad de la cobertura existente y garantizar una transición adecuada hacia el nuevo esquema de salud provincial.

Vencidos los 180 días, el directorio de la OSER podrá dictar las disposiciones necesarias para resolver la situación de estos afiliados, en el marco de las facultades que le otorga el artículo 12° de la misma ley.

El artículo 19° de la Ley Nº 11.202 dispone la incorporación obligatoria al régimen de la OSER de todos los funcionarios, empleados públicos y beneficiarios de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la provincia que hayan realizado aportes al sistema. No obstante, el artículo 36° establece un plazo de 180 días para la reglamentación de la norma por parte del Ejecutivo, período en el cual se definió esta suspensión parcial para evitar superposiciones y conflictos de cobertura.

Fuente: Entre Ríos Ahora