miércoles 8 de julio de 2026
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Fallo judicial en Concordia

La Justicia Federal ordenó a PAMI cubrir un cuidador domiciliario para un afiliado con secuelas de ACV

El Juzgado Federal de Concordia hizo lugar a una acción de amparo y dispuso que PAMI garantice la cobertura total de un cuidador domiciliario durante 12 horas diarias para un hombre de 76 años. En el fallo, la jueza Analía Ramponi también advirtió sobre el aumento de la judicialización de los reclamos por prestaciones de salud.
08/07/2026

El Juzgado Federal de Concordia ordenó al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados garantizar la cobertura integral de un cuidador domiciliario durante 12 horas diarias y por tiempo indeterminado para un afiliado de 76 años que padece graves secuelas neurológicas como consecuencia de un accidente cerebrovascular (ACV).

La medida fue dispuesta por la jueza federal Analía Ramponi, quien hizo lugar a una acción de amparo presentada por las abogadas Milagros Servín y Maira Servín, luego de que el afiliado no obtuviera una respuesta favorable a sus reiterados pedidos realizados por la vía administrativa.

La Justicia rechazó los argumentos de PAMI

Durante el proceso, la representación de PAMI sostuvo que el servicio de cuidador domiciliario tenía un carácter social y no estrictamente médico, por lo que entendía que debía tramitarse mediante un subsidio excepcional.

Sin embargo, la magistrada rechazó ese planteo al considerar que la obra social actuó de manera arbitraria y no ofreció ninguna alternativa que pudiera reemplazar la asistencia indicada por el médico tratante.

En la sentencia, Ramponi destacó que el afiliado integra un grupo de especial vulnerabilidad debido a su edad y al delicado estado de salud que presenta tras sufrir un ACV.

Además, recordó que el derecho a la salud y a la vida cuentan con protección constitucional y que las obras sociales no pueden apartarse de las indicaciones médicas sin fundamentos objetivos y debidamente acreditados.

Advertencia por la judicialización de los reclamos

Más allá del caso particular, el fallo incluye una advertencia sobre el crecimiento de los conflictos judiciales relacionados con prestaciones de salud.

En ese marco, la jueza dispuso notificar la resolución a la Superintendencia de Servicios de Salud para que evalúe las medidas y eventuales sanciones que correspondan frente a los reiterados incumplimientos atribuidos a obras sociales y empresas de medicina prepaga.

Cobertura sin plazo determinado

La resolución establece que PAMI deberá brindar la cobertura del cuidador domiciliario al 100%, durante 12 horas por día y sin un límite temporal preestablecido, siempre que la prestación continúe siendo indicada por el médico tratante.

Asimismo, la sentencia dispuso que el organismo asuma la totalidad de las costas generadas por el proceso judicial.

Fuente: El Entre Rios