miércoles 19 de noviembre de 2025
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Medidas ambientales para la temporada de riesgo

Entre Ríos prohíbe todas las quemas entre diciembre y febrero para prevenir incendios

El gobierno entrerriano dispuso la prohibición total de cualquier tipo de quema desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 28 de febrero de 2026. La medida busca reducir el riesgo de incendios ante un escenario climático adverso y podría extenderse si las condiciones lo requieren.

En el marco del Plan Provincial de Manejo del Fuego, el gobierno de Entre Ríos oficializó la prohibición absoluta de todas las quemas —en cualquiera de sus modalidades— durante el período comprendido entre el 1° de diciembre de 2025 y el 28 de febrero de 2026. La medida se formalizó mediante la Resolución 1685/25 de la Secretaría de Ambiente, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, y tiene como objetivo reforzar la prevención frente a la temporada de mayor riesgo ígneo.

La resolución aclara que, de considerarse necesario, el plazo podrá ser extendido por las autoridades provinciales según la evolución de las condiciones climáticas y ambientales.

Riesgo extremo y marco legal

Desde la Secretaría de Ambiente destacaron la vigencia de la Ley Provincial Nº 9.868 y su Decreto Reglamentario Nº 3186/09, normativa que habilita a establecer medidas preventivas para el manejo del fuego. En ese sentido, se advirtió que el uso del fuego —incluso de manera controlada— representa un riesgo elevado en el contexto climático actual.

Informes emitidos por el Centro de Predicción Climática anticipan la posible entrada en un período La Niña, lo cual incrementa considerablemente las probabilidades de sequía prolongada. Esto no solo eleva la posibilidad de incendios sino que agrava su propagación y dificulta el control de los focos.

La resolución también remarca que, en años anteriores, las quemas no controladas derivaron en incendios que provocaron graves daños ambientales: pérdida de bosque nativo, afectación de pastizales, deterioro de biodiversidad y riesgos para diversas formas de vida.

Excepciones y sanciones

Durante estos tres meses, no se permitirá ningún tipo de quema, sin distinción. Las únicas excepciones serán aquellas consideradas indispensables y que cuenten con un análisis técnico previo y la autorización expresa de la Secretaría de Ambiente.

En caso de incumplimiento, se aplicarán las sanciones establecidas en el Artículo 19 del Decreto Nº 3186/09, que contemplan multas económicas y otras medidas administrativas según la gravedad de la infracción.